REGLAMENTO PROMOCIÓN “#VivoElVeranoClaroySonyXperiaZ1 (MECANICA INSTRAGRAM)” El presente Reglamento establece las disposiciones que regularán las actividades de CLARO “#VivoElVeranoClaroySonyXperiaZ1 ” CLARO CR TELECOMUNICACIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA, quien podrá ser denominada CLARO indistintamente, en función de la legalidad y transparencia de la Promoción informa lo siguiente: Propósito de la Promoción: El usuario al participar en la presente promoción entiende y acepta que podrá: i. Mediante la interacción con la fanpage de Instagram Claro Costa Rica, quedar participando en el sorteo por un (1) Teléfono SONY XperiaZ1. PRIMERO: REQUISITOS La presente es una Promoción EXCLUSIVA para: (i) Propietarios legítimos, activos, y registrados de cualquier servicio de Claro en Costa Rica. (ii) “Seguidores de la cuenta oficial de CLARO Costa Rica en “Instagram”, (iii) Que residan en Costa Rica. SEGUNDO: MECÁNICA 1. Ingresar a la cuenta oficial de CLARO Costa Rica en “Instagram” y hacerse seguidor, en caso de no serlo. 2. El seguidor deberá hacer un video o una foto en Instagram utilizando el hashtag #VeranoClaroConSonyXperiaZ1 y deberá contestar a la pregunta ¿Cómo pasa el verano Claro?, en la misma publicación
3. Los participantes que cumplan con la totalidad de los requisitos, dispuestos en este apartado, quedarán participando en el sorteo por un (1) Teléfono SONY XperiaZ1, será un único ganador en total. .
5. El usuario tiene la opción de invitar a sus amigos para participar en la aplicación o promoción, sin embargo esto no será un detalle que le dará ventaja para ser uno de los ganadores. TERCERO: PREMIOS Los participantes de la Promoción que cumplan con los requisitos del presente reglamento, podrán quedar participando en el sorteo de:
El ganador se escogerá según lo dispuesto en el artículo Quinto del presente Reglamento. *El premio no es transferible. CUARTO: PLAZO DE LA PROMOCIÓN La vigencia de ésta promoción es 27 de febrero al 09 de marzo del 2014 hasta las 12:00 m.d. inclusive. QUINTO: NOTIFICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS: 1. El sorteo del premio se realizará el 10 de marzo del 2014, mediante la aplicación de un sistema informático provisto de un algoritmo de selección aleatoria (Tómbola-Excel). Se seleccionará un (1) único ganador, entre las personas que cumplan los requisitos. La elección, se realizará frente a un Notario Público, que levantará acta notarial, dando fe de la transparencia del acto. Asimismo, se seleccionarán cinco (3) suplentes para el ganador, lo cual constará en la misma acta. 2. Las llamadas notificando al ganador se llevarán a cabo al día hábil siguiente del sorteo, y el nombre del ganador será publicado en la fanpage oficial en Facebook de Claro Costa Rica, el 12 de marzo del 2014. El ganador será contactado por ejecutivos de Claro, al número de teléfono con el cual se unió a la promoción para participar, y deberá acercarse a las oficinas Claro Costa Rica, en el horario que para tal efecto se disponga. 3. Se realizarán tres (3) intentos de llamada durante el día, en caso de no ser contactado el ganador, se procederá a llamar a cada uno de los cinco ganadores suplentes, hasta que sea posible otorgar el premio. En caso, que el ganador, ni alguno de los suplentes contesten a las llamadas de notificación, Claro no tendrá la obligación de averiguar los motivos por los cuales las personas favorecidas no contestaron, y podrá disponer del premio a su entera discreción, y sin incurrir en ningún tipo de responsabilidad. *El plazo máximo para reclamar los premios será hasta el 21 de marzo del 2014 a las 4:00 p.m., en horario de oficina, pasado dicho plazo, CLARO, no reconocerá premio alguno, y por lo tanto no se verá en la obligación de satisfacerlo. *El ganador deberá aportar los datos necesarios para verificar si cumple con los requisitos para ser declarado como ganador, para lo cual los titulares de los servicios de CLARO CR, tendrán que aportar, el chip asociado al servicio Claro, o copia del Contrato (en caso de clientes de Claro Tv), cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte en caso de ser extranjero, y en caso de ser menores de edad, presentarse con un representante legal, debidamente identificado y el documento legal que acredite su vínculo legal. *La responsabilidad de CLARO finaliza con la entrega del Premio. SEXTO: CONDICIONES, LIMITACIONES Y RESTRICCIONES 1. Toda persona que desee participar en la promoción, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo del beneficio, implica la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y restricciones en cuanto a los beneficios. Por lo anterior y para todos los efectos legales, CLARO podrán solicitar al interesado al momento de reclamar su premio, que mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del Reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, CLARO no asumirán ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar el premio.
2. Quedan excluidas de la participación de esta promoción las siguientes personas: empleados de CLARO, Agentes, Filiales, Distribuidores, Proveedores, de CLARO y sus empleados, hasta el segundo grado de consanguinidad. 3. Los clientes que participen por medio de su teléfono móvil en la modalidad post pago deben encontrarse al día con el pago de sus facturas, caso contrario quedan excluidos de acceder a los premios. 4. No participan en esta promoción los clientes que tengan equipos reportados como robados o extraviados 5. Reclamos: No se admitirán reclamos en contra de las normas establecidas en este Reglamento. 6. Modificaciones al Reglamento: Cualquier modificación al presente reglamento, será debidamente notificada de manera pública a través de medios de comunicación masiva. 7. CLARO se reservan el derecho de modificar las condiciones de esta promoción, informando al efecto a los usuarios de CLARO, lo cual no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de terceros por parte de CLARO. 8. El premio es intransferible a otra persona que no sea el ganador y no se puede reclamar otro premio en reemplazo del aquí especificado. No es negociable ni puede ser comercializado de ninguna forma. El Premio será entregado únicamente a la persona declarada favorecida en el sorteo, una vez verificados el cumplimiento de los requisitos reglamentarios en la Promoción. 9. CLARO no se hará cargo de ningún gasto incurrido por los favorecidos para retirar el Premio. CLARO se limitan a entregar únicamente el Premio ofrecido en este Reglamento, por lo que no se aceptarán cambios ni mejoría en el mismo. 10. Si se demuestra que una persona recibió el Premio por medio de engaño, CLARO podrá reclamar el Premio entregado en cualquier momento y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso. 11. Si el favorecido no acepta el Premio o sus condiciones, este Premio se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta. SÉPTIMO: DERECHO DE IMAGEN Los ganadores al aceptar el premio se comprometen a presentarse en el lugar y hora indicada por CLARO para tomarse fotos con los premios que han ganado, estas fotos podrán ser usadas y publicadas en medios masivos, como testimoniales de la promoción, con cualquier finalidad durante el plazo de vigencia de la campaña y hasta un (1) año después de su finalización, sin que el usuario tenga derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna. Si un ganador se niega a presentarse a la toma de fotografías antes indicada perderá su derecho al premio el cual se dará al primer suplente. Los Ganadores autorizan a CLARO, a difundir sus datos personales, imágenes y voces, con fines publicitarios, en los medios y formas que CLARO dispongan, sin derecho a compensación alguna durante la vigencia de la promoción y hasta los 365 días de su finalización, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen. Los ganadores garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, voz y datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne CLARO respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas. OCTAVO: LIMITE DE RESPONSABILIDAD
CLARO es el único responsable por la entrega del premio indicado en este Reglamento y por la aplicación del mismo y libera de cualquier tipo de responsabilidad a CLARO, que simplemente actúa como medio de divulgador. El favorecido con el beneficio, será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Al participar, los participantes liberan de responsabilidad a CLARO, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representante o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión de la promoción, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad a CLARO y por: a) Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacerla efectiva o para disfrutarla; b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio. NOVENO: SOBRE LOS ASPECTOS NO CONTEMPLADOS EN EL REGLAMENTO Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no esté previsto en el presente Reglamento, será resuelto por CLARO CR en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica, la costumbre mercantil, la jurisprudencia y la doctrina aplicable.
Enzyme Immunoassay (EIA) Kits □ Thyroid □ TORCH and Infectious Diseases □ Fertility □ Steroids □ Tumor Markers □ Other Analytes □ Cardiac Markers Tiroiduli funqcia / THYROID Intended Use: For the in vitro quantitative determination of the thyroid stimulating hormone (TSH) concentration in human serum. Minimum Sensitivity: 0.2 µIU/ml FDA Cleared, CE Cleared
Ley 23.592 PENALIZACIÓ N DE ACTOS DISCRIMINATORIOS DERECHOS HUMANOS - DISCRIMINACIÓ N - DISCRIMINACIÓ N RACIAL O RELIGIOSA - DISCRIMINACIÓ N POR MOTIVOS IDEOLÓ GICOS, POLÍTICOS O GREMIALES - DISCRIMINACIÓ N POR CONDICIÓ N ECONÓ MICA O SOCIAL - PROPAGANDA DISCRIMINATORIA - PENA - AGRAVANTES DE LA PENA (BUENOS AIRES, 3 de Agosto de 1988. BOLETÍN OFICIAL, 05 de Septiem